Inadmisible VS Improcedente
La confusión de las elecciones 2016
Desde la inscripción de las listas presidenciales y congresales para el presente proceso electoral, los titulares de “Declaran INADMISIBLE Candidatura de….” O “JEE declara IMPROCEDENTE la candidatura de...”, hasta ahí todo pasaría por un titular más para atraer a los lectores. Sin embargo, ¿se han preocupado en instruir al lector del significado y las diferencias que representan INADMISIBLE e IMPROCEDENTE”? Al parecer NO.
Empecemos por saber su significado según el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales y de Representantes ante el Parlamento Andino.
INADMISIBLE: Pronunciamiento expedido por el incumplimiento de un requisito de ley subsanable respecto de la solicitud de inscripción u otra petición formulada por el personero legal de la organización política. El JEE la declara y es subsanable dentro de un plazo determinado. Tiene carácter de inapelable.
IMPROCEDENTE: Pronunciamiento expedido por el incumplimiento de un requisito de ley no subsanable, o la no subsanación de observaciones dentro del plazo otorgado, respecto de la solicitud de inscripción u otra petición formulada por el personero legal de la organización política. El JEE declara la improcedencia, que puede ser materia de apelación.
Pero que quiere decir estas definiciones que a la mayoría de peruanos nos han confundido tanto, al punto de creer que son lo mismo. Aquí te lo explico como para “pollíticos”.
Declarar Inadmisible una lista presidencial, congresal o el estatuto del partido, significa que no se ha cumplido con todos los requisitos necesarios para poder inscribirla, pero es subsanable. En pollito la lista “ESTA EN FALTA”, pero puede solucionarlo en dos días añadiendo los papeles que faltan, si no lo hace... Chau. A diferencia de IMPROCEDENTE que significa que dentro de los requisitos presentados, se encuentra un procedimiento no cumplido e insubsanable, o que no se ajusta a ley. En pollo “YA FUISTE PE”, esto no lo puedes arreglar. Pero ojo, tienes una salida, la segunda y última instancia. El JNE que te salva o te hunde.
Es importante resaltar que la mayoría de titulares de INADMISIBLES son simplemente por falta de un documento que acredite la realización de procedimientos de ley. Es decir son fácilmente subsanables, por ello tildar los inadmisibles como YA NO VA, o SE CAE LA LISTA DE TAL CANDIDATO es incorrecto. Es por ello necesario esclarecer la diferencia entre los términos aplicados, para que no nos vendan gato por liebre. Lo cierto es que la listas tienen que corroborar cada requisito que se solicite para no caer en la confusión, “¿voy o no voy?”, “¿y si no me alcanza el tiempo para subsanar?”
Hay casos bastante risibles, como la INADMISIBILIDAD de Renzo Reggiardo al renunciar a su candidatura a la presidencia; o la IMPROCEDENCIA del estatuto de Todos Por El Perú, la posterior INADMISIBILIDAD de la lista a la presidencia de TPP, para finalmente hoy ser aceptada. Ello quiere decir que TPP va, pero ya no es morado, ahora es rojo, porque el símbolo junto con el estatuto han sido declarados INADMISIBLES en última instancia.
En conclusión nos han enredado tanto en esta elección con estos términos, que URGE una explicación más clara por parte de las autoridades y los medios que día a día nos venden titulares llenos de confusión, provocando así falsas expectativas e incertidumbre.